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Resumen de La resolución del contrato de arrendamiento por desistimiento unilateral: la cláusula penal

María Mercedes Alberruche Díaz-Flores

  • En el Preámbulo de la Ley de Arrendamientos Urbanos se puede leer que «en la regulación de los arrendamientos para uso distinto al de vivienda, la ley optará por dejar al libre pacto de las partes todos los elementos del contrato, configurándose una regulación supletoria del libre pacto que también permite un amplio recurso al régimen del Código civil». Este alegato al principio de autonomía de la voluntad permite que las partes puedan pactar, entre otros extremos, los efectos del desistimiento por parte del arrendatario, que generalmente se resumen en una cláusula penal que se plasma en el contrato y en la que se fija la indemnización por la resolución anticipada del arrendamiento.


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