Las situaciones de engalaberno, casas empotradas o casas a caballo ha sido tradicionalmente una materia de gran complejidad y por ello atrayente para la doctrina jurídica. Dentro de esta materia, una de las cuestiones con más importancia es la relativa al derecho de vuelo, o de forma más precisa a las limitaciones que el régimen jurídico aplicable a dichas situaciones imponga al ius aedificandi del propietario del predio inferior. Este será el objeto de estudio del presente artículo que tras realizar un repaso a las principales teorías relativas al régimen jurídico aplicable a los engalabernos, analiza la titularidad del derecho de vuelo y el origen de la limitación del derecho a edificar de uno de los propietarios de las fincas encalabernadas.
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