En las siguientes páginas se analizan los efectos que la inscripción genera respecto del derecho inscrito en nuestro ordenamiento inmobiliario. Debiendo introducir la cuestión en torno a los principios registrales, el análisis no puede reducirse a la explicación de la fe pública registral y sus presupuestos, ya que la protección registral no se limita en torno al tercero al que se refiere el art. 34 LH. Debe incluirse también al tercero del art. 32 LH, así como el resto de cuestiones que, como la ineficacia convalidante de la inscripción o la salvaguardia jurisdiccional de los asientos registrales, aclaran el panorama en su conjunto. La cuestión se cierra con el tratamiento de las relaciones entre la usucapión y el Registro, en cuanto, en el supuesto más conflictivo, se hace preciso determinar de qué modo podrá imponerse la posesión continuada que aquella significa frente a los pronunciamientos registrales.
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