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Los efectos de la condición resolutoria expresa en un acuerdo de dación en pago

  • Autores: Jesús Alberto Messía de la Cerda Ballesteros
  • Localización: Actualidad civil, ISSN 0213-7100, Volumen 1, Nº 1, 2014
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La aplicación del régimen general de la condición resolutoria expresa de los arts. 1113 y siguientes del Código Civil es objeto, en el supuesto resuelto por esta sentencia, de una interpretación que reduce su alcance. En efecto, el Tribunal Supremo rechaza la pretensión de restitución total de las cosas entregadas en virtud de la resolución de un acuerdo de adjudicación de bienes inmuebles en pago de una deuda, por entender que la dación se encuentra causalmente entrelazada con la asunción de deuda que previamente habían acordado el cedente de los bienes y el deudor primitivo. La condición consistía en el incumplimiento por el adquirente del compromiso de recuperar y evitar la reclamación de cobro de los pagarés a los que se incorporó la deuda. El Tribunal entendió que la restitución debía limitarse a la cantidad consignada en los efectos compensados. En este trabajo vamos a analizar el alcance de la condición resolutoria expresa y la posibilidad de reducir sus efectos por la influencia que la relación obligatoria original pueda tener en aquélla.


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