SUPUESTO DE HECHO: La demandante de amparo fue contratada, en junio de 2009, como comercial mediante un contrato de seis meses de duración, pactándose un período de prueba de dos meses. El 4 de agosto, la empresa comunicó a la actora la extinción del contrato por no superación del período de prueba. En la fecha del contrato la trabajadora se encontraba embarazada de diez semanas, no constando que la empresa tuviera conocimiento de ello. Contra la decisión extintiva, la trabajadora interpuso demanda, solicitando que se declarara su nulidad, por entender que la empresa había puesto fin a la relación laboral al saber que estaba embarazada. El Juzgado de lo Social núm. 31 de Madrid desestimó la demanda. Contra dicha Sentencia interpuso recurso de suplicación, desestimado por Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (STSJ de 11 de junio de 2010). Frente a la anterior Sentencia, la demandante interpuso recurso de casación para la unificación de doctrina, que, igualmente, fue desestimado por STS de 18 de abril de 2011. Contra las resoluciones judiciales referidas, la trabajadora recurre en amparo ante el Tribunal Constitucional, aduciendo vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, en relación con el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo.
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