A la luz de las últimas sentencias del TC, parece que ya no es necesaria la presentación obligada del recurso de nulidad de actuaciones para el agotamiento de la vía judicial ordinaria. El TC ha intentado poner racionalidad en este tema indicando que, en ocasiones, no es necesario ni racional presentar ese recurso. Si bien es de elogiar esta clarificación que tantos problemas presenta para jueces y abogados, es necesaria ya urgentemente una reforma donde este procedimiento de nulidad pueda tener ya un tratamiento autónomo no siendo lógico que el órgano que presuntamente tenga que decidir si ha existido o no nulidad de actuaciones sea el que presuntamente haya podido cometer esa grave irregularidad procesal que afecta al derecho a la tutela judicial efectiva.
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