La ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciano, transcurridos sus primeros cinco años de vigencia, ha sido integrada con normalidad en la práctica jurídica y especialmente en la registral. Las dos cuestiones que han devenido de algún modo problemáticas, han sido interpretadas por las Dirección General de los Registros y del Notariado. Dos son las cuestiones debatidas: la primera la necesidad de especificarse siempre si el régimen económico matrimonial de los potenciales titulares registrales es legal o convencional (RDGRN 15 de junio de 2009); y en segundo lugar, en materia de germanía, la explicitación de la causa gratuita u onerosa del desplazamiento patrimonial que supone la aportación o exclusión de los bienes de la masa patrimonial sujeta a la germanía (RDGRN 23 de mayo de 2013).
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados