Victoria Elisa Perera Navas, Jorge Martí Moreno
Las fusiones sometidas al régimen especial previsto en el art. 42 Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, gozan de un tratamiento privilegiado al reducirse las obligaciones de documentación e información aplicables al proceso, lo que se traduce en una disminución de los plazos y trámites legales. Sin embargo, tal y como se explica en este artículo, no siempre es fácil aplicar este régimen especial. Además, el alcance de la pretendida simplificación de dichas obligaciones es menor del que pudiera parecer.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados