En este artículo, el autor desgrana la problemática existente en relación con la tributación tanto de la constitución como de la cancelación de derechos reales de garantía a favor de la Administración, principalmente en los supuestos de aplazamientos o suspensiones cautelares de deudas tributarias. Tras analizar la doctrina y jurisprudencia más relevantes aplicables, explica que la cuestión ya está zanjada en el territorio común y en Gipuzkoa, pero no así en Alava y Bizkaia, cuya normativa no contempla la exención general para la constitución o cancelación de hipotecas a favor de la Administración.
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