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Reflexiones sobre el trabajo para el hogar y la analogía legis en el Derecho civil de Mallorca

  • Autores: Miguel Coca Payeras
  • Localización: Boletín de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de las Illes Balears, ISSN 2254-2515, Nº. 14, 2013, págs. 311-316
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • La debida solemnidad de los actos de entrega del Premio Luis Pascual González ha venido imponiendo la costumbre –que casi se ha transformado ya en ley– de que a la intervención del propio premiado se sume la de un Académico o Jurista de reconocido prestigio sobre algún aspecto de los tratados por el trabajo premiado.

      En esta ocasión, tras la exposición de la autora premiada Beatriz Verdera Izquierdo, intervino el que fue su maestro en la vida universitaria, el Catedrático de Derecho civil y Académico Miguel Coca Payeras, quien se centró precisamente en el artículo 9 de la ley de parejas estables y en su posible extensión a los matrimonios, según la interpretación analógica realizada por la sentencia de la Sala Civil y Penal del TSJ 2/2010 de 24 de Marzo.

      A su juicio, dicha interpretación no era necesaria, dado que la propia Compilación exige la contribución de los cónyuges a las cargas familiares en proporción a sus recursos económicos y señala asimismo que el trabajo para la casa supone una contribución a las cargas familiares; de lo cual se infiere que dicho trabajo debe ser retribuido, particularmente cuando ha disminuido notablemente las expectativas patrimoniales del cónyuge que lo realizó.

      No deja de señalar que esta interpretación analógica corre el peligro de extenderse también a las parejas de hecho no inscritas, ya que la situación fáctica es, evidentemente, la misma que en las parejas estables legalmente reconocidas.


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