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El valor psicológico del perdón en las víctimas y en los ofensores

    1. [1] Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea

      Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea

      Leioa, España

  • Localización: Eguzkilore: Cuaderno del Instituto Vasco de Criminología, ISSN 0210-9700, Nº. 27, 2013 (Ejemplar dedicado a: Tutela judicial efectiva frente a la impunidad. Aportaciones desde la Justicia victimal), págs. 65-72
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • El verdadero perdón es un don gracioso del ofendido al ofensor. El perdón no es olvido, pues para perdonar es ineludible la memoria del agravio. Reconciliarse con el ofensor solo puede tener sentido cuando han existido unos vínculos previos entre la víctima y el ofensor. La capacidad de perdonar depende de la percepción de la ofensa, de la historia anterior, del sistema de valores y de la concepción de la vida de la víctima, así como de la actitud del ofensor. El perdón puede tener unos efectos psicológicos positivos para la víctima: no vivir atormentada, sacudirse el yugo del pasado, mejorar la salud, reconciliarse consigo misma y recuperar la paz interior. A su vez, la solicitud de perdón del ofensor a la víctima requiere reconocimiento del daño realizado, arrepentimiento, compasión con la víctima y solicitud de indulgencia, así como algún tipo de reparación. Solo así se puede conseguir descargar el malestar emocional experimentado. Por último, en el caso de que la ofensa sea un delito, el perdón de las víctimas no puede implicar la desaparición de las responsabilidades legales del agresor.


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