La autora, a la vista de la importancia que tienen en el momento actual las inversiones españolas en el exterior, se refiere a las medidas para evitar la doble imposición, contenidas en la legislación vigente, de acuerdo con la fórmula adoptada por el contribuyente para invertir en el exterior: Sociedad filial, establecimiento permanente o entidad de tenencia de valores extranjeros. El punto de partida es la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, reguladora del Impuesto sobre Sociedades, recogiendo el artículo las sucesivas modificaciones que ha experimentado este tema desde la entrada en vigor de la Ley hasta el momento actual.
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