El tiempo transcurrido entre la celebración de un contrato y su impugnación por un error esencial en el consentimiento prestado por una de las partes, genera diversos interrogantes sobre los que la jurisprudencia menor no muestra una posición uniforme y se tornan especialmente polémicos en sede de contratación bancaria. ¿La acción de anulabilidad prescribe o caduca? ¿Cuándo se entiende «consumado» un contrato? ¿Es aplicable la doctrina de la confirmación de los contratos viciados? ¿Y la doctrina del retraso desleal en el ejercicio de la acción?.
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