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Naturaleza jurídica híbrida de la familia romana

  • Autores: Guillermo Suárez Blázquez
  • Localización: Revista General de Derecho Romano, ISSN-e 1697-3046, Nº. 21, 2013
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La familia romana arcaica es una institución que presenta un carácter jurídico híbrido. Por una parte, parece evidente que, inicialmente, se formó como una institución jurídica privada, pues se componía de un grupo de personas que estuvieron sometidas a la patria potestad absoluta de un pater familias. Sin embargo, por otra parte, la familia fue una institución social que nació con una proyección jurídica pública evidente. Desde los primeros tiempos, Roma se configuró como una comunidad institucional de patres familiarum. En esta dirección, si atendemos a la óptica del diseño primigenio del Estado - Ciudad, la familia fue una célula fundacional de éste, y, por ende, formó parte directa de los primeros planeamientos rústicos y urbanos que se realizaron por los agrimensores de Roma. De esta forma, la familia se incardinó en el diseño de la administración territorial y en el censo nacional. En consecuencia, la familia fue la primera unidad social y jurídica, básica, híbrida, de naturaleza pública y privada, que formó parte del diseño de Roma como comunidad jurídicamente organizada, es decir, como Ciudad-estado.


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