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Fuentes del Ius Canonicum Particulare español e indiano

  • Autores: Fernando Betancourt Serna
  • Localización: Glossae: European Journal of Legal History, ISSN-e 2255-2707, ISSN 0214-669X, Nº 10, 2013, págs. 95-107
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • Es un hecho bien atestiguado que a partir de la Baja Edad Media hasta finales del siglo XVIII el Corpus iuris civilis, del emperador Justiniano (527-565 dC), fue utilizado como ius commune, frente al iura propia de cada reino, que, en el caso de España y los países latinoamericanos, sería el Derecho castellano.

      Del mismo modo, el Corpus iuris canonici (siglos XII-XV) se utilizó como canonicum ius commune, al Derecho canónico de cada reino -propria iura-, que, en el caso de España e Iberoamérica, sería el ius particulare canonicum Hispaniae et Indiarum, es decir, la ley �el canon- específica para España y las Indias. En el presente trabajo se analizan brevemente las diferentes ediciones de las fuentes empleadas para este Dereccho canónico utilizado en España y los territorios españoles en América y Filipinas -ius particulare canonicum Hispaniae et Indiarum-.


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