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La naturaleza jurídica del mediador concursal: sistema alternativo de gestión de los supuestos de insolvencia

  • Autores: Enrique Sanjuán y Muñoz
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 8230, 2014
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El presente trabajo parte de la nueva normativa introducida en la Ley Concursal �en adelante LC� por la Ley 14/2013 y se centra en la figura y naturaleza del mediador concursal. Se analiza su estatuto, el régimen de formación y su naturaleza para concluir con la necesidad de su clasificación como nuevo supuesto, diferente al existente en la normativa civil y mercantil vigente, de mediación. No es solo un mediador ni tampoco un pasivo interviniente. Se trata de un tercero neutral activo que realiza funciones de negociación y conciliación y cuya función es esencialmente de cooperación. A partir de ahí y dependiendo del resultado sus funciones son de vigilancia o de instante de la declaración de concurso del deudor sujeto a un acuerdo extrajudicial de pagos. El trabajo se centra en los supuestos de conflicto en que debe intervenir y en la necesidad de su especialización a partir de la institución desarrollada.


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