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La aplicación de la Orden EHA/3360/2010, de 21 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas: Cuestiones conflictivas

  • Autores: Juan Calvo Vérgez
  • Localización: Gizaekoa: Revista vasca de economía social, ISSN 1698-7446, Nº. 8, 2012, págs. 167-183
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      El presente artículo tiene por objeto analizar el alcance de la reforma contable operada en el sector cooperativo tras la aprobación de la Orden EHN3360/201O, de 21 de diciembre. A través de la citada reforma se ha perseguido introducir un cambio en la calificación de las fuentes de financiación de las empresas y, por tanto, en su situación patrimonial. Trasladado a las sociedades cooperativas, este cambio supone la introducción de una modificación relevante en la configuración del pasivo del balance de las cooperativas. Las aportaciones de los socios y otros partícipes a las mismas, en la medida en que no otorguen a la sociedad el derecho incondicional a rehusar su reembolso, deben calificarse como pasivo reduciendo de forma significativa los fondos propios de la entidad. Asimismo son objeto de análisis determinadas cuestiones conflictivas planteadas tales como la determinación de la fecha de entrada en vigor de la Orden EHN3360/201O, el tratamiento contable del retorno capitalizado en el socio y la calificación contable del capital en las "cooperativas a término". Todo ello a la luz de las recientes Consultas del ICAC.

    • English

      This paper is to analyze the scope of the accounting reform in the cooperative sector operated upon approval of the Order EHN3360/201O of 21 December. Through this reform has been pursued a change in the rating of the sources of corporate financing and, therefore, on its financial position. Moved to cooperative societies, this change would introduce a significant modification in the configuration of the liability side of the cooperatives. The contributions of the partners and other stake­ holders to them, to the extent that the company granted the unconditional right to refuse a refund, must be classified as a liability significantly reducing the equity of the entity. They are also analyzed certain contentious issues raised such as the determination of the date of entry into force of the Order EHN3360/201O, the accounting treatment of the partner capitalized return and qualifying capital accounting in the "cooperative end." All this in the light of recent ICAC's consultations.


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