En el artículo se hace un intento de realizar un análisis comparado entre las pautas materiales jurídicas y las procesales jurídicas en lo concerniente a la celebración de contratos internacionales conforme el derecho público romano, tal y como era el mismo en el período de la República y las normas y las prácticas contemporáneas europeas en esta materia. Se señala que no obstante el hecho de que el derecho romano ocupa un lugar importante en el desarrollo del derecho en esta esfera, el mismo no constituye el punto final de dicho desarrollo. Se destacan una serie de similitudes relevantes y se expresan algunas proposiciones de lege ferenda.
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