Los contratos de swaps o de permuta financiera son productos financieros complejos, y como tal, están sujetos a la normativa MiFID, por lo que para su contratación, el cliente minorista disfrutará del máximo nivel de protección, que entre otros medios, se le otorga brindándole la mayor información posible, tanto a nivel precontractual como contractual y post-contractual.
Los swaps, como muchos otros productos bancarios, ocupan actualmente una posición importante dentro de la litigiosidad de los tribunales españoles, lo que ha provocado una amplia jurisprudencia menor, derivada de la multitud de demandas que se han presentado con la finalidad de obtener la declaración de nulidad de los contratos de permuta financiera.
Las demandas presentadas se fundamentan en la concurrencia de vicios del consentimiento, principalmente, derivados de la falta de información por parte de la entidad financiera, aludiendo al error en el consentimiento, e incluso al dolo, tanto en su vertiente positiva como omisiva.
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