La libre elección de facultativo forma parte de las garantías establecidas por la legislación sanitaria con la finalidad de hacer efectivo y equitativo del derecho a la salud protegido por la Constitución. A pesar de que la regulación de este derecho correspondería a las Comunidades Autónomas ya que son éstas las que tienen atribuida las competencias sanitarias, aún no se ha procedido a su desarrollo, rigiéndose, en la mayoría de los casos por la regulación estatal. En el caso de Castilla La Mancha, la Ley 24/2002, de 5 de diciembre ha procedido a un desarrollo del derecho del paciente a la elección del médico especialista en términos bastante más generosos que los contemplados en el ámbito estatal contemplándose incluso la posibilidad de remisión a un centro privado.
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