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El delito de intrusismo aeronáutico de la Ley 209/1964 penal y procesal de la navegación aérea y su relación con el genérico delito de intrusismo del Código penal

  • Autores: Luis Rodríguez Moro
  • Localización: Revista de derecho del transporte: Terrestre, marítimo, aéreo y multimodal, ISSN 1889-1810, Nº. 12, 2013, págs. 245-265
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La práctica del intrusismo se sanciona, con carácter general, en el Código Penal, en un precepto en el que se castiga el ejercicio de actos propios de una profesión u oficio sin poseer el correspondiente título académico u oficial que habilita para desarrollarlos. Sin embargo. en materia de navegación aérea, quizá debido a los particulares niveles de seguridad exigidos para su desarrollo, la Ley 209/1964, Penal y Procesal de Navegación Aérea recoge una específica regulación penal del intrusismo en este campo profesional. Conviene preguntarse sobre la necesidad o no de esta tutela diferenciada, así como analizar la vinculación existente entre ambos preceptos a efectos de operatividad, pues sus términos no son coincidentes, lo que complica la relación que les une en materia de concursos.


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