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El reglamento (UE) núm. 1177/2010 y la protección de los pasajeros que viajan por mar

  • Autores: María Victoria Petit Lavall
  • Localización: Revista de derecho del transporte: Terrestre, marítimo, aéreo y multimodal, ISSN 1889-1810, Nº. 12, 2013, págs. 11-29
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El Reglamento (U E) núm. 1177/2010 introduce un régimen mínimo de protección de los pasajeros que víajan por mar o por vías navegables similar al existente en los otros modos de transporte. Los transportistas que efectúen servicios de pasaje y cruceros incluidos en su ámbito de aplicación tienen las obligaciones de información, asistencia, reembolso del precio del billete o transporte alternativo y compensación económica, en los casos de «interrupción del viaje» que integra los supuestos de cancelación, retraso (a la salida y a la llegada) e interrupción del servicio de pasaje o del crucero ya iniciado. Este régimen es compatible con cualesquiera otras indemnizaciones por los daños y perjuicios causados por la cancelación o el retraso de los servicios de transporte previstos en Derecho interno.


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