El presente trabajo analiza la problemática tipificación del autoblanqueo de capitales tras la Ley Orgánica 5/2010; tipificación sin límites, con relación a la totalidad de las formas de conducta constitutivas de blanqueo y cualquiera que sea el delito fuente del que proceden los bienes blanqueados, que cuestiona su legitimidad. En especial, se estudian las formas de conducta de posible realización por el autor o cómplice del delito principal, enlazando los requerimientos de la normativa internacional con los derivados de nuestros principios constitucionales, llegando a la conclusión de que la criminalización del autoblanqueo no venía impuesta por las obligaciones supranacionales que nos vinculaban y vulnera el principio ne bis in idem, así como el de proporcionalidad.
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