El presente trabajo aborda el tema de las inmunidades de Derecho internacional de Estados no parte en el Estatuto de la Corte Penal Internacional. En concreto, el autor responde a dos preguntas clave: si las inmunidades de Derecho internacional de Estados no parte en el Estatuto de la Corte Penal Internacional impiden a esta última ejercer su competencia sobre un jefe de Estado, jefe de gobierno, ministro de asuntos exteriores u otros altos cargos de dicho Estado, y si el Derecho internacional de las inmunidades impide a la Corte solicitar a un Estado parte detener y entregar a un sospechoso que caiga dentro de esas categorías mencionadas y al que se le busca en virtud de una orden de detención emitida por la Corte. Para dar respuesta a estas preguntas, el autor analiza la relación entre el art. 98.1 del Estatuto y el Derecho internacional de las inmunidades fuera del ámbito del Estatuto. Posteriormente, el autor presenta dos posibles �vías� (la �vía del Consejo de Seguridad� y la �vía del Derecho consuetudinario�) para evitar la aplicación de la prohibición contenida en el art. 98.1 del Estatuto incluso en el caso de un jefe de un Estado no parte en el mismo.
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