Siendo cierto que el derecho va siempre un paso por detrás de la realidad social, es todavía más cierto que, en el caso de las denominadas Nuevas Tecnologías y su utilización práctica en el ámbito profesional, el derecho va varios pasos por detrás; pero la ética debe ir en paralelo a la motivación y utilidad de la aplicación tecnológica en la actividad diaria. En otro caso, se haría muy difícil plantear la defensa del derecho fundamental a la protección de datos cuando se realizan tratamientos de datos de carácter personal utilizando la red Internet y la denominada red de objetos basada en la identificación por radio frecuencias.
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