No toda transmisión del bien hipotecado constituye en el concurso de acreedores una realización de la garantía, pues cabe también su transmisión voluntaria. Los efectos de cada modalidad son muy distintos para la subsistencia de la garantía y la posición del acreedor. El objeto del presente estudio es discriminar entre los distintos supuestos de transmisión y sus consecuencias para la garantía y el concurso mismo en cada una de sus distintas fases, pero siempre desde la interpretación más conforme posible con la naturaleza y el significado contractual de la garantía, también en su vertiente procesal.
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