La Ley 38/2011 ha reformado la Ley 22/2003, Concursal (LC) introduciendo en su art. 29.1 un nuevo requisito para poder aceptar el cargo de administrador concursal y desarrollarlo durante el procedimiento que consiste en acreditar la suscripción de un seguro obligatorio de responsabilidad civil o una garantía bancaria equivalente.
El régimen de este seguro se ha desarrollado por el Real Decreto 1333/2012. Este estudio analiza los elementos básicos de este seguro, empezando con la responsabilidad civil asegurada, que se corresponde con la delimitada en el art. 36 de la LC, y siguiendo por su cobertura temporal, el reconocimiento de una acción directa al tercero perjudicado o sus herederos contra el asegurador de responsabilidad civil, la fijación de una suma mínima obligatoriamente asegurada, etc.
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