Esta ponencia se propone demostrar que, para John Locke, el individuo posee derechos inalienables, pero que la misma naturaleza humana tiende a establecer ciertas relaciones de poder que lo esclavizan. La constatación teórica e histórica de este postulado lleva a Locke a sostener que la salida del hombre de esa situación de enfermedad debe liberarlo no de las relaciones de poder, que pueden ser legitimadas, sino de sus propias pasiones que lo llevan a juzgar con parcialidad sus derechos y a intentar someter a otros a los designios de su amor propio. Para ello, el contrato social lockeano busca elaborar un equilibrio entre los derechos inalienables de los hombres y la construcción de un espacio comunitario que haga posible la justicia en las relaciones humanas y, por lo tanto, emancipe al hombre del estado de enfermedad en el que se encontraría si no existiese el poder político. La función del poder político surgido en el contrato social es, pues, la de respetar-reestablecer el equilibrio entre libertad e igualdad que debe primar entre los hombres.
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