La ejecución del embargo de cuentas corrientes a través de sistemas telemáticos de gestión centralizada ha supuesto un cambio radical en el modo de gestión procedimental de la ejecución, poniendo de relieve muchas de las dificultades que este tipo de diligencia ha venido presentando en los últimos años. La gestión automática de estos sistemas de embargo supone un enorme salto cualitativo al exigir previsiones sistemáticas y uniformes al objeto de lograr, de una parte la máxima eficiencia, pero de otra el respeto de los derechos de los particulares ante las eventuales circunstancias del caso concreto estudiado. Tal circunstancia ha determinado circunscribir su objeto únicamente a los supuestos de cuentas corrientes a la vista, restringiendo su aplicación a aquellos supuestos que dada su simplicidad permitan una realización automática. Se aborda en el presente trabajo las soluciones alcanzadas tanto en el ámbito del procedimiento de ejecución judicial, como las adoptadas en el procedimiento de recaudación ejecutiva y ante la Seguridad Social.
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