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Resumen de La audacia del derecho: (notas prácticas sobre la protección de los consumidores en el marco del derecho y la jurisprudencia de la Unión Europea)

José María Fernández Seijo

  • español

    La situación entre el consumidor y la persona o entidad que facilita el servicio, los bienes o distribuye las mercancías es normalmente de desequilibrio; difícilmente el consumidor está en condiciones de imponer las cláusulas o provisiones que le permitan regular la relación. La situación del consumidor puede llegar a ser un infierno en vida si el bien o servicio no cumple las expectativas generadas.

    Con las directivas comunitarias en el ámbito de la protección de consumidores y usuarios, principalmente la directiva 93/13 del consejo de 5 de abril de 1993, sobre las condiciones ncluidas en contratos firmados con consumidores, nuestro sistema legal ha ido consolidando términos y conceptos en orden a incorporar estas directivas, pero todavía no hemos sido capaces de reconocer con suficiente fuerza lo que debería ser una disciplina legal special.

    Por qué intentamos hablar del coraje de la ley, sobre la fortaleza de las normas en la protección de los consumidores, porque la normativa comunitaria y la jurisprudencia de la corte de Luxemburgo determina una inequívoca demanda a los poderes públicos que deben llevar a efecto y una protección radical a los consumidores. Radical porque deben protegerlos sin necesidad de que hayan de comparecer en el procedimiento.

  • English

    The situation between the consumer and the person or entity who provides the service, manufactures or distributes the good is usually of imbalance; rarely the consumer is able to impose guidelines or provisions which regulate the legal relationship. The situation of the consumer however can become a living hell if the good or service doesn't meet the expectations generated.

    With the Community directives in the field of protection of consumers and users, primarily the 93/13 of the Council of 5 April 1993 about the terms in contracts concluded with consumers, our legal system has been staining terms and concepts of a right of consumption that hasn't yet been able to be recognized with enough force to become a special legal discipline.

    Why trying to talk about the courage law, about the boldness of the law on the protection of consumers, because Community law's indications and Luxembourg Court's case law determine the unequivocal demand that public authorities are carrying out a «radical» consumer protection. Radical because we have to protect consumers without the consumers need to appeal to the process.


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