Este trabajo analiza la incidencia que está teniendo en la Administración general del Estado la denominada externalización de funciones públicas. Este fenómeno responde a un intento de trasladar al ámbito administrativo una técnica muy utilizada en las empresas privadas. Con ella se traslada a un tercero el ejercicio de determinadas funciones propias de esa empresa. Se recurre a los principios de eficiencia y eficacia para justificar el empleo de esta técnica. Sin embargo, su aplicación a la Administración plantea numerosos interrogantes. En este trabajo se pretende, no sólo reconducir esta técnica a las clásicas categorías administrativas, sino también fijar sus límites. En este sentido, el ejercicio de potestades públicas, de funciones que implican el ejercicio de autoridad o la salvaguardia de intereses generales del Estado deben ser límites ineludibles. Además, existen determinados preceptos de nuestro ordenamiento jurídico que nos permiten concretar todavía más los difusos contornos de esta figura.
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