El modelo de responsabilidad penal de las personas jurídicas actualmente vigente obliga a las empresas a instaurar un sistema de vigilancia y control de la actividad de sus administradores y empleados como parte de los programas de cumplimiento y dirigido al cometido de prevenir y detectar la comisión de delitos que puedan serle atribuidos a la persona jurídica. En el presente estudio se efectúan algunas consideraciones introductorias sobre los límites que a esa actividad empresarial de policía impone el respeto al derecho a la intimidad de los trabajadores, y sobre los costes penales y procesales que para la empresa supondrá su vulneración.
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