La incapacidad, en ocasiones, para que las condenas de prisión consigan el fin de la reinserción del delincuente a la sociedad, hace necesario la adopción de medidas complementarias que permitan el tratamiento y control de determinados perfiles criminológicos que se hacen más resistentes al efecto rehabilitador de la pena, en la medida en que ésta no resulta suficiente o adecuada para excluir un elevado riesgo de reincidencia.
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