Las VII Partidas es la mayor obra legislativa del Derecho Común. En ellas se recoge, en lengua española, los principales preceptos recibidos del Derecho Romano y del Canónico conformando un corpus que resultaría de aplicación normativa hasta la promulgación del Código Civil en 1889. El objeto de este trabajo es analizar las consideraciones de las Partidas en relación con la ejecución de sentencias dinerarias y la comparación de las mismas con la regulación del pignus in causa iudicati captum establecido por Antonino Pío, en el proceso romano. La consideración de la Glosa de Gregorio López permite analizar las reflexiones que, en su día, ocasionaron las disposiciones alfonsinas al respecto.
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