La Ley Concursa! establece un sistema de subordinación automática de los créditos de los socios. Los pactos entre socios demuestran que el régimen legal plantea, no obstante, problemas de aplicación e interpretación que sólo pueden resolverse recurriendo al fundamento jurídico de esta disciplina. La influencia del acuerdo en la posición de los socios puede llevar a considerarlos administradores de hecho o titulares de una participación en el interés o riesgo empresarial de la sociedad distinta de su participación formal en el capital social.
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