El proceso monitorio laboral es una de las novedades más sobresalientes de la Ley de la Jurisdicción Social. Previsto para las reclamaciones individuales que se formulen frente a empresarios que no se encuentre en situación de concurso, relativas a cantidades vencidas, derivadas de la relación laboral que no excedan de 6.000 �, constituye un instrumento excelente de tutela del crédito del trabajador.
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