El Estatuto Básico del Empleado Público (Ley 7/2007, de 12 de abril), pretende, entre otros objetivos, la «evaluación del desempeño» de los empleados públicos a través de procedimientos fundados en los principios de igualdad, objetividad y transparencia y que deberá tenerse en cuenta para promoción en la carrera, la provisión y el mantenimiento de los puestos de trabajo y para la determinación de una parte de las retribuciones complementarias.
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