El trabajo aborda la cuestión de la posible relevancia jurídico-penal de la conducta de colusión (secreta) de precios entre oferentes de bienes y servicios, a la luz de los artículos 285 y 286 del Código penal. A partir de la amplitud del concepto de ¿medio fraudulento? que emplea la ley, de la lectura igualmente amplia que siempre ha recibido el mismo en la literatura chilena y de la constatación de que el desplazamiento por especialidad de los tipos del Código bajo la vigencia de los tipos penales de la Ley Nº 13.305 de 1959 y del DL Nº211 de 1973, fue, por su propia naturaleza, meramente transitorio, se llega a la conclusión de que los preceptos en cuestión son plenamente aplicables a casos actuales de colusión.
The paper addresses the question whether (secret) price collusion between providers of goods and services is a crime under Arts. 285 and 286 of Chilean Penal Code. The following reasons lead to the conclusion that these provisions are indeed applicable to many current cases of collusion: on the one side, both the statutory notion of �fraudulent means� and its interpretation by Chilean legal doctrine is broad enough to cover those cases and, on the other side, the �displacement� of the general provisions of Chilean Criminal Code by the special provisions of Law Nr 13.305 of 1959 and DL Nr 211 of 1973 was in any case just transitory.
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