El presente artículo analiza algunas de las múltiples medidas adoptadas en los últimos años en el seno de la Unión Europea para combatir la corrupción, la inidoneidad que las mismas revisten para conseguir el objetivo de su erradicación y su compatibilidad con los Convenios del Consejo de Europa y el Convenio de la OCDE, así como las disfunciones que ese heterogéneo cuerpo normativo ha generado en algunos de los ordenamientos penales de los Estados miembros, lo que exige centrar los esfuerzos en su perfección jurídica y ampliación a nuevas formas de corrupción que la realidad ofrece.
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