La Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de mayo de 2012, ha confirmado en vía de casación la Sentencia de la Audiencia Nacional, de 9 de febrero del 2009, que desestimó el recurso interpuesto por la asociación de reversionistas No Abuso contra la desestimación de las peticiones formuladas sobre parcelas expropiadas en los años cuarenta y cincuenta para la construcción de la estación ferroviaria de Chamartín. La Sentencia aplica una interpretación restrictiva del derecho a la reversión, en la línea de las reformas legislativas que han ido menoscabando en los últimos años esta garantía del expropiado frente a la desaparición del elemento esencial de la causa expropiadi.
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