Parece que el principio de «intervención mínima» al decir del Ministerio de Justicia aconseja «la supresión de las faltas» del Código Penal. Pero, quien lesiona o mata a otro por imprudencia de «escasa gravedad» debe incurrir también en un tipo penal, al igual que el Anteproyecto contempla para conductas de mucha menor entidad y mucho menos lesivas. Desde otra perspectiva, de persistirse en la despenalización de estas faltas de imprudencia, el abandono de la víctima que se produciría sería clamoroso.
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