La problemática que plantea la cuestión de la inmunidad de jurisdicción de los Estados, a falta de una regulación convencional general y de una legislación nacional específica sobre la materia acorde con aquélla, depende en buena medida de las aportaciones jurisprudenciales, ya sea de los tribunales nacionales o de los internacionales, como un hito más de la práctica de los Estados en su consideración como costumbre internacional.
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