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Responsabilidad civil. Prescripción. Plazo aplicable a la acción ejercitada contra un médico que actúa como auxiliar en el cumplimiento de la obligación de la aseguradora

  • Autores: Juan Antonio Xiol Ríos
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 7954, 2012
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El TS desestima el recurso de casación interpuesto en representación de una paciente contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial, en la que se desestimó la demanda por entender que las acciones ejercitadas estaban prescritas. Consideró que la relación entre el médico y la paciente era extracontractual y en consecuencia a la acción contra el médico le era aplicable el plazo de prescripción de un año del art. 1968.2 CC (LA LEY 1/1889). Asimismo consideraba que a la acción dirigida contra la aseguradora le era aplicable el plazo de cinco años previsto en el art. 23 LCS.


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