En el presente artículo, Olatz Ereño realiza un análisis comparativo de las diferencias existentes en las normativas forales y en la de territorio común en relación con el incentivo fiscal de la reinversión de beneficios extraordinarios del Impuesto sobre Sociedades. Asimismo, señala algunos problemas que han surgido en torno a esta figura fiscal, entre los que cabe destacar el requisito de entrada en funcionamiento del inmovilizado, la imposibilidad de materializar la reinversión en valores de cualquier tipo de entidad y las restricciones existentes respecto de las operaciones entre empresas del grupo.
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