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La supuesta garantía de la inmediación en la segunda instancia penal española: seis sentencias condenatorias del TEDH en menos tres años

  • Autores: Marta Gómez de Liaño Fonseca Herrero
  • Localización: Revista General de Derecho Europeo, ISSN-e 1696-9634, Nº. 27, 2012
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • En materia de justicia, el año 2011 se cerró para España, entre otras, con la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 13 de diciembre dictada en el asunto Valbuena Redondo que declara la violación del artículo 6.1 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales.

      La importancia del tema reside en que nuestro país ha sido objeto de desaprobación seis veces en menos de tres años por conculcar el derecho al proceso debido de los justiciables, y más en concreto por la práctica de determinadas Audiencias Provinciales, también del Tribunal Supremo, de condenar a una persona -absuelta por la misma causa en primera instancia- sin convocar una vista para que pudiera ser oída.

      En el presente trabajo abordaremos la garantía -presente o ausente- de la inmediación y de la contradicción en los supuestos de sentencias absolutorias en primera instancia que son sustituidas en apelación por sentencias condenatorias que resuelven acerca de la culpabilidad, sin un examen directo y personal del acusado. Analizaremos las múltiples dificultadas interpretativas que suscitan los preceptos de la LECrim reguladores del recurso de apelación en el marco de la Constitución española y su adaptación al artículo 6.1 del CEDH.


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