Fernando Moreno de Vega y Lomo
Desde hace más de un siglo, las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social han venido realizando una labor de colaboración de inestimable valía en el campo de gestión del sistema de Seguridad Social, régimen competencial que se ve engrandecido, a mediados de la década de los noventa, con la acción operativa en materia de prevención de riesgos laborales. Sin embargo, transcurrida la primera década del siglo XXI, el legislador se plantea una serie de dudas sobre la realidad de estas entidades que no sólo afectan a cuestiones de contenido como puedan ser su régimen de financiación o la presencia en las mismas de representantes de los trabajadores, sino también a cuestiones dogmáticas como cuál es, en verdad, la naturaleza jurídica que las informa. Ésta es, así las cosas, una reflexión crítica y personal sobre lo que cabe aventurar como una futura y novedosa nueva dimensión para las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.
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