El presente artículo analiza la posibilidad de reconocer en España eficacia a las sentencias y a las transacciones que pongan fin en Estados Unidos a un proceso en que se haya ejercido una class action. En concreto, es importante determinar si las sentencias o la transacciones estadounidenses podrían desplegar en nuestro país la eficacia preclusiva que producen respecto de los sujetos que fueran titulares de derechos puestos en tela de juicio, pero que no intervinieron directamente en el proceso y tampoco optaron por excluirse de él. En caso de respuesta afirmativa, esos sujetos no podrían después ejercitar con éxito ante nuestros tribunales una pretensión indiviucal con el mismo contenido que aquella que se hizo valer en Estados Unidos. A tal fin, se efectúa un análisis apoyado en la jurisprudencia española en materia de exequátur, con especial énfasis en la posible vulneración del orden público español, en sus dimensiones procesal y material.
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