La Sentencia objeto de comentario, aunque recoge una doctrina judicial contenida ya en algunas sentencias del Tribunal Supremo, tiene el valor añadido de quien la dicta, el Tribunal Constitucional, máximo intérprete de la Constitución española. La doctrina que nos ofrece viene a elevar a la categoría de derecho fundamental derivado la institución del consentimiento informado. Si ya era fuente de responsabilidad profesional y patrimonial, más lo será a partir de ahora. Aunque con los matices que expondremos a continuación.
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