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El permiso parental en la Unión Europea: de la antigua a la nueva Directiva

  • Autores: Miguel de la Corte Rodríguez
  • Localización: Revista General de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, ISSN-e 1696-9626, Nº. 28, 2012
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • En este artículo se lleva a cabo un estudio del permiso parental en la UE, en un camino que va desde la antigua Directiva de 1996 hasta la nueva Directiva de 2010.Tanto la Directiva de 1996 como la Directiva de 2010 tuvieron su origen en sendos acuerdos sociales europeos de 1995 y 2009, que las Directivas hicieron jurídicamente vinculantes según el procedimiento de los actuales arts. 154 y 155 del Tratado de Funcionamiento de la UE. La Directiva de 1996 supuso un hito en el camino que se ha seguido en los últimos años hacia la conciliación de la vida profesional y familiar. Esta Directiva instituyó un derecho europeo al permiso parental - distinto al permiso de maternidad - concebido como un derecho individual del trabajador, hombre o mujer, normalmente no retribuido (aunque esto dependerá de lo que decidan los Estados miembros), a ausentarse del trabajo durante un mínimo de 3 meses para poder ocuparse de su hijo pequeño (hasta una edad determinada no superior a los 8 años). Este derecho está garantizado a través de una serie de medidas, como el mantenimiento de los derechos adquiridos o en curso de adquisición antes del permiso parental hasta el final del mismo, el derecho a la reincorporación al mismo puesto de trabajo y la protección contra el despido por el hecho de haber solicitado o utilizado un permiso parental. En clave española, el permiso parental europeo tienen una doble expresión: la llamada excedencia por cuidado de hijos, que es un permiso parental no retribuido a jornada completa, y la reducción de jornada por cuidado de hijos, que es un permiso parental no retribuido a jornada parcial.

      La Directiva de 2010 amplía el derecho al permiso parental de 3 a 4 meses e introduce diversas mejoras y aclaraciones relativas al ejercicio de ese derecho. Entre ellas destacan la protección contra la discriminación por el hecho de haber solicitado o tomado un permiso parental, y la posibilidad de reincorporación flexible para los que vuelven al trabajo tras el disfrute del permiso. Esta nueva Directiva no va a tener un gran impacto en nuestra normativa nacional, puesto que la mayor parte de sus novedades ya está contemplada en la misma.


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