El presente trabajo tiene por objeto estudiar si dentro del concepto de familiares de ciudadanos de la Unión Europea a los que se refiere la Directiva 2004/38/CE pueden ser incluidas las parejas de hecho inscritas en alguno de los registros de parejas de hecho creados y regulados por las Comunidades Autónomas o por los Ayuntamientos. Tras un análisis de la propia Directiva y sus antecedentes, así como del Derecho interno español, tanto estatal como autonómico, se llega a una respuesta negativa, ya que el concepto de unión registrada no incluye a las uniones no matrimoniales que se inscriben en los registros españoles, y además lo contrario supondría ignorar el sistema constitucional y estatutario de distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas.
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